MEDIDAS LABORALES
Dirigido a estimular el empleo y ayudar a las personas a las que el desempleo castiga con mayor dureza.
Contratación de desempleados
La primera consiste en la bonificación por contratación de personas desempleadas con hijos a su cargo. Los empleadores que contraten indefinidamente a tiempo completo, bajo cualquier modalidad, a desempleados con uno a más hijos a su cargo se podrán aplicar una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros anuales.
La medida será aplicable a las nuevas contrataciones indefinidas que se realicen desde la entrada en vigor de este Real Decreto hasta el 31 de diciembre de 2010.
La segunda medida de carácter laboral se dirige a los desempleados que decidan constituirse en autónomos. En este caso, podrán cobrar de una sola vez el 60 por 100 -en lugar del 40 por 100 actual- de su prestación por desempleo para realizar las inversiones necesarias para iniciar la actividad.
Víctimas de violencia de género
Y la tercera medida está dirigida a las víctimas de violencia de género. Los empleadores que realicen contratos indefinidos tendrán derecho a una bonificación anual de la cuota a la Seguridad Social de 1.500 euros o el equivalente diario por trabajadora contratada durante cuatro años.
FUENTE: UGT

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